Solicitud de distintivo de llamada con sufijo de una letra

Tras mucho tiempo esperando esta noticia, por fin la URE ha conseguido que la Administración haya puesto a disposición de todos los asociados y radioaficionados en general, la resolución para la asignación de distintivos de una letra.

Después de conseguir incluir en el reglamento del año 2013 la posible asignación de indicativos de una letra, y tras más de cinco años batallando con la Administración con la presentación de numerosos anteproyectos para el desarrollo y aplicación de esta normativa, finalmente ha visto la luz.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 del Reglamento de uso del dominio público radioeléctrico por radioaficionados, aprobado por Orden IET/1311/2013, de 9 de julio, a través de la Resolución de 12 de julio de 2019, de la Secretaría de Estado para el Avance Digital, se establece el procedimiento administrativo y se fija el plazo para la presentación de solicitudes para la asignación de distintivos de llamada de radioaficionado con sufijo de una letra.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de sesenta días naturales a partir de la fecha de entrada en vigor de la presente resolución. La presente resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (Miércoles, 17 de julio de 2019).

Los solicitantes de distintivos de llamada con sufijo de una letra presentarán su solicitud a través del enlace «Solicitud de distintivo de llamada de radioaficionado con sufijo de una letra» en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Empresa, adjuntando solicitud según modelo que figura como anexo de la resolución, así como el resto de documentación adicional acreditativa de los requisitos establecidos en el apartado segundo de dicha resolución.

En la citada ficha de Radioaficionados pueden encontrar igualmente la siguiente documentación:

La acreditación de la práctica internacional de la radioafición, podrá efectuarse por alguna de las siguientes formas:

  • Mediante la presentación de tarjetas QSL de confirmación de contactos obtenidas por el interesado tras un proceso de comunicación por correo postal clásico.
  • Mediante documentos electrónicos de confirmación de estos contactos, obtenidos mediante sistemas electrónicos, se considera que reúne esta condición y en consecuencia sus comprobantes serán admitidos por la SESIAD, el sistema GDURE de la Unión de Radioaficionados Españoles (URE).

Para descargarte la Resolución de 12 de julio de 2019, de la Secretaría de Estado para el Avance Digital y ver el procedimiento administrativo, hacer clic aquí.

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