Refloto este hilo porque me llama la atención esto.
¿No se supone que en España la p.r.a máxima permitida son 10mW en la banda que estamos utilizando para LoRa APRS?
Depende.
Si eres radioaficionado se te aplican los límites para radioaficionados en nuestra banda, 430 - 440 MHz. Que obviamente son muy superiores. Mira en la página de URE, sección de bandas atribuidas, donde está muy bien resumido.
Si no eres radioaficionado solamente puedes utilizar el segmento entre 433,050 y 434,790 MHz según reza la UN-30 del Cuadro Nacional de Atribución de Frecuencias.
Así que todo depende del tipo de usuario que seas. En la utilización de la banda entre 430 - 440 MHz no tenemos limitaciones por compartir el uso con ese segmento ICM más allá de aguantarnos si el mando del garage del vecino nos molesta.
En fin, no es ilegal para un radioaficionado usar LoRa en esas frecuencias con potencias superiores a unos pocos mW. En las aplicaciones ICM se asume que puede haber interferencia de otros servicios.
73, Borja EA2EKH
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Tinker, tailor,
Soldier, sailor,
Rich man, poor man,
Beggar-man, thief!
La Orden ETD/1449/2021 (CNAF) indica lo siguiente:
433,050 - 434,790 Mhz asignado a aplicaciones de baja potencia (y LoRa es un ejemplo de esa aplicación), con un máximo de 10mW p.r.a. y un máximo de 10% duty.
Ya se que si no eres radioaficinado puedes usar esa subbanda, pero ¿en que legislación pone que ser radioaficionado te permita superar esos límites de potencia?
Es más, si pudieses hacerlo (que no puedes), estarías haciendo uso de una estación desatendida por el hecho de ser radioaficionado. Si estamos poniendo iGates y Digis es precisamente porque la aplicación es SRD de uso libre, fuera de la normativa de aficionado, cosa que no puedes hacer con el APRS vhf.
Antonio R.
La Orden ETD/1449/2021 (CNAF) indica lo siguiente:
433,050 - 434,790 Mhz asignado a aplicaciones de baja potencia (y LoRa es un ejemplo de esa aplicación), con un máximo de 10mW p.r.a. y un máximo de 10% duty.
Ya se que si no eres radioaficinado puedes usar esa subbanda, pero ¿en que legislación pone que ser radioaficionado te permita superar esos límites de potencia?
Es más, si pudieses hacerlo (que no puedes), estarías haciendo uso de una estación desatendida por el hecho de ser radioaficionado. Si estamos poniendo iGates y Digis es precisamente porque la aplicación es SRD de uso libre, fuera de la normativa de aficionado, cosa que no puedes hacer con el APRS vhf.
Si como radioaficionado hubiera un límite estaría especificado. La UN que se refiere al uso como ISM especifica requisitos para los usuarios ISM.
Donde sí das en el clavo es en el vacío legal que tenemos ahora con las estaciones desatendidas pequeñitas, de baja potencia. La legislación que tenemos contempla el repetidor clásico. En Reino Unido hicieron una modificación hace unos años para permitir dentro de un orden razonable las estaciones desatendidas de este tipo.
Para ver la pinta que tiene un "pero" puedes ver (por ejemplo).
- UN-108 (Radioaficionados en 135.7 - 137,8 kHz) "La potencia radiada máxima será de 1 watio (p.i.r.e.) y las estaciones de radioaficionado no deberán causar interferencia a las estaciones de los servicios móvil marítimo y fijo legalmente autorizadas en esta bandas.
Las limitaciones por banda están en el Reglamento:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-7624
Y si miras lo que dice el Reglamento sobre ISM, "3.4 Las bandas de frecuencias señaladas a continuación están destinadas para aplicaciones industriales científicas y médicas (ICM). Las estaciones de radioaficionado que funcionen en dichas bandas deberán aceptar la interferencia perjudicial resultante de dichas aplicaciones.".
Es decir, no puedes denunciar al vecino porque te molesta el mando a distancia de su garage. Y como las bandas ICM están exentas de protección, tampoco tu vecino te puede denunciar si tus transmisiones bloquean el receptor de su mando a distancia.
73, Borja EA2EKH
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Tinker, tailor,
Soldier, sailor,
Rich man, poor man,
Beggar-man, thief!
La Orden ETD/1449/2021 (CNAF) indica lo siguiente:
433,050 - 434,790 Mhz asignado a aplicaciones de baja potencia (y LoRa es un ejemplo de esa aplicación), con un máximo de 10mW p.r.a. y un máximo de 10% duty.
Ya se que si no eres radioaficionado puedes usar esa subbanda, pero ¿en que legislación pone que ser radioaficionado te permita superar esos límites de potencia?
Es más, si pudieses hacerlo (que no puedes), estarías haciendo uso de una estación desatendida por el hecho de ser radioaficionado. Si estamos poniendo iGates y Digis es precisamente porque la aplicación es SRD de uso libre, fuera de la normativa de aficionado, cosa que no puedes hacer con el APRS vhf.
Si como radioaficionado hubiera un límite estaría especificado. La UN que se refiere al uso como ISM especifica requisitos para los usuarios ISM.
Donde sí das en el clavo es en el vacío legal que tenemos ahora con las estaciones desatendidas pequeñitas, de baja potencia. La legislación que tenemos contempla el repetidor clásico. En Reino Unido hicieron una modificación hace unos años para permitir dentro de un orden razonable las estaciones desatendidas de este tipo.
Para ver la pinta que tiene un "pero" puedes ver (por ejemplo).
- UN-108 (Radioaficionados en 135.7 - 137,8 kHz) "La potencia radiada máxima será de 1 watio (p.i.r.e.) y las estaciones de radioaficionado no deberán causar interferencia a las estaciones de los servicios móvil marítimo y fijo legalmente autorizadas en esta bandas.
Las limitaciones por banda están en el Reglamento:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-7624
Y si miras lo que dice el Reglamento sobre ISM, "3.4 Las bandas de frecuencias señaladas a continuación están destinadas para aplicaciones industriales científicas y médicas (ICM). Las estaciones de radioaficionado que funcionen en dichas bandas deberán aceptar la interferencia perjudicial resultante de dichas aplicaciones.".
Es decir, no puedes denunciar al vecino porque te molesta el mando a distancia de su garage. Y como las bandas ICM están exentas de protección, tampoco tu vecino te puede denunciar si tus transmisiones bloquean el receptor de su mando a distancia.
Si como radioaficionado hubiera un límite estaría especificado. La UN que se refiere al uso como ISM especifica requisitos para los usuarios ISM.
En eso disiento. Si como radioaficionado no hay una excepción explícita, te aplica los límites establecidos. La Ley no me la invento yo, está ahí escrita. Y no es solo en España, en toda Europa el límite legal para LoRa es de 10 dBm ERP.
Tampoco veo ningún vacio legal, la normativa de radioaficionados es clara: estación desatendida únicamente radioclubs. Sin excepciones ni matices.
Los iGate y Digis APRS que montamos con LoRa son legales porque nos acojemos a la legislación de SRD de uso libre en esas subbandas, siempre y cuando respetemos sus límites. Al igual que otra gente sin licencia se monta sus meshtastic de forma legal.
Ahora bien, si en lugar de acogerte a eso, quieres acogerte a la normativa de radioaficionado, entonces pasa a ser una estación desatendida, y por tanto no puedes tenerla. E insisto, la normativa de radioaficionado no contempla que puedas superar el límite, y si estoy equivocado me gustaría leer donde dice lo contrario de forma explícita.
Lo que comentas de que si te molesta un vecino con el mando del garaje tambien deberías verlo de otra manera: eres tú como radioaficionado quien interfiere con el uso legítimo del garaje y otros dispositivos similares cuando no respetas los límites legales de potencias, y no al revés.
Antonio R.
Las experiencias HAM con LoRa usan frecuencias y distintivos de llamada HAM.
Si miramos el asunto en términos de normativa HAM, el supuesto "incumplimiento" por nuestra parte, como radioaficionados, no estaría tanto en la potencia como en el modo usado, su espectro y ancho de banda ocupado.
Si lo miramos en términos de normativa LoRa, estamos fuera de banda, usamos nuestros distintivos de llamada, e incumplimos potencia.
Es cierto que son estaciones desatendidas, pero también lo es que nada tiene que ver un repetidor al uso con un dispositivo LoRa.
Me parece que efectivamente estamos ante un vacío legal: estamos probando, o experimentando -algo que es intrínseco a los radioaficionados desde siempre-, una tecnología que no está recogida en nuestra normativa. En realidad, nada nuevo bajo el sol: antes que hubiera normativa, ya existían radioaficionados que experimentaban.
73 & DX, Manuel
En eso disiento. Si como radioaficionado no hay una excepción explícita, te aplica los límites establecidos. La Ley no me la invento yo, está ahí escrita. Y no es solo en España, en toda Europa el límite legal para LoRa es de 10 dBm ERP.
El límite legal para las banda ICM de 433 y 868 MHz es de 10 dBm ERP. No es un límite inherente a la modulación, sino al uso de bandas ICM especificando incluso ciclos de trabajo limitando así su uso a mensajes más bien esporádicos. Pero, vamos, es un límite aplicable en función del usuario del que se trate.
Un ejemplo de regulación doble sobre el mismo espectro, aplicable según el tipo de usuario, es lo que se llama "PMSE" (Programme Making and Special Events): El segmento de UHF que están compartidos entre la televisión y los micrófonos inalámbricos profesionales que comprende 470 - 694 MHz. Precisamente en la última WRC (23) se ha alcanzado el acuerdo de mantener este segmento al menos hasta la de 2031.
Así, para estos micrófonos inalámbricos tienes autorizado un máximo de 50 mW y la salvedad de que si sufres interferencias por parte de la TV te jorobas y cambias de canal. No en vano hay fabricantes que ofrecen distintas bandas que constan de varios canales de TV. Lectrosonics los llama "block", Sony usa una designación con la K (por ejemplo, los Sony UWP K33 pueden funcionar entre 566,025 MHz y 630,000 MHz (canales de TV 33 - 40 inclusive).
La normativa no impone ninguna restricción relacionada con el uso PMSE a las transmisiones de televisión y limita mucho lo que pueden hacer los micrófonos inalámbricos. En algunos países, de hecho, puedes necesitar licencia para usar micrófonos inalámbricos en estas bandas e incluso pueden exigir que comuniques la celebración de un evento (concierto, rodaje, etc) para coordinarlas.
Y fíjate que la misma persona jurídica (una televisión) se encuentra sujeta a dos normativas simultáneamente.
- Para transmitir, la normativa de transmisión de televisión.
- Para producir en el plató empleando micrófonos inalámbricos, la normativa para PMSE.
Tampoco veo ningún vacio legal, la normativa de radioaficionados es clara: estación desatendida únicamente radioclubs. Sin excepciones ni matices.
Me he explicado fatal, perdona. Donde dije "vacío legal" me refería a normativa obsoleta. La regulación original de estaciones desatendidas se refiere, que yo sea, a repetidores que van a cubrir un área considerable. Estos repetidores emplean un recurso escaso (unos pocos canales para repetidores) y además pueden tener un alcance considerable; esto significa que la coexistencia requiere de coordinación y que, por otro lado, siendo un recurso escaso además de valioso en caso de emergencias se pongan una serie de requisitos.
Ahora pasemos a las novedades digitales con APRS y LoRa. Son bastante diferentes porque, para empezar, funcionan a base de paquetes y no transmisiones contínuas. Pueden usar estrategias de prevención de colisiones (APRS) o directamente coexistir pacíficamente en la misma frecuencia (caso de LoRa con su espectro expandido) lo que implica que el espectro para estas aplicaciones ya no es tan escaso.
Otra cosa es que montar un LoRa o APRS con mucha potencia es una estupidez como un templo. Especialmente en el caso de LoRa es absurdo que un digi LoRa tenga mucha potencia si va a comunicar con dispositivos de bajo consumo emitiendo unos pocos mW. En APRS el mayor problema es que, a diferencia de LoRa, no puedes recibir dos paquetes APRS simultáneamente en la misma frecuencia.
Los iGate y Digis APRS que montamos con LoRa son legales porque nos acojemos a la legislación de SRD de uso libre en esas subbandas, siempre y cuando respetemos sus límites. Al igual que otra gente sin licencia se monta sus meshtastic de forma legal.
En realidad con esto estamos alegales con una regulación obsoleta. Por eso en UK han hecho algunos cambios:
En particular:
The deployment of some repeaters, gateways, data stations and beacons without the
need to obtain an NoV. Licensees would need to ensure that their deployment would
not cause interference to existing users and for powers over 5 Watts ERP and there
would be a requirement to obtain a call sign from the RSGB or other bodies stipulated
by Ofcom
Que es el caso del que hablamos. 5 W es un nivel más que apropiado.
Ahora bien, si en lugar de acogerte a eso, quieres acogerte a la normativa de radioaficionado, entonces pasa a ser una estación desatendida, y por tanto no puedes tenerla. E insisto, la normativa de radioaficionado no contempla que puedas superar el límite, y si estoy equivocado me gustaría leer donde dice lo contrario de forma explícita.
Pero en fin. Si quiero tener un QSO en FM con 50 W en la frecuencia de los garages no me lo impide la normativa. Otra cosa es que sea una estupidez. Incluso con razón se te podría acusar de mala fe.
73, Borja EA2EKH
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